Declaración de Principios

  1. Somos Cristicos y Cristicas, hombres y mujeres de Fe en Cristo Dios, Salvador y Conductor al Padre Creador
  2. No nos reconocemos en la doctrina e historia- y cultura- de la cristiandad y su concepto aplicado eclesiástico: en cuanto, los hechos demuestran con bastantes pruebas y evidencia, que la reducción de las Personas a la calidad de ‘ovejas’, y del Cuerpo de Fe al atributo de un ‘redil’, todo bajo un tipo de ‘pastoreo’, ha desvirtuado el Sentido y el Propósito de la Herencia de Nuestro Dios Salvador; cuestión que ha redundado en corrupción, participación institucional en las estructuras paganas del Mundo, degeneración  y apostasía.
  3. Reivindicamos a La Persona como centro de la Fe: en cuanto y en tanto es La Conciencia la que nutre a la Fe, y es la Fe asumida cuan Compromiso y Coherencia aquella Fuerza que moverá montañas y evitará complacencias y complicidades institucionales o corporativas.
  4. Entendemos la Comunidad como una ‘Común – Unidad’ en donde las Personas, asumidas en su Fe, se Responsabilizan de su Coherencia de Vida, y desde su Acción y Obra se unen a sus pares para construir un Camino de Consagración que facilite a muchos y muchas el transito de la ‘creencia’ a ‘la Consagración’
  5. Nos Congregamos desde el Compromiso y Responsabilidad Personal de Consagración En Cristo; es decir: ya no somos ‘creyentes pasivos’, sino que postulamos a vivir cuan Consagrados-as en Acción Sacerdotal congruente con los Mandatos del Evangelio
  6. Aplicamos el Mandato: ‘desde el Bautismo en Cristo, todos somos sacerdotes’. Y es el Bautismo un Sello Sacramental de Pacto con Cristo, para Lograr la Verdad y la Vida, y Poner por Obra el Designio del Padre Creador
  7. El Sacerdocio Cristico se sustenta en el cumplimiento cabal y definitivo de la Ley de Cristo. Por lo mismo se ha llamado: Sacerdocio bajo la Ley de Cristo
  8. El Sacerdocio Cristico no es eclesiástico: sí posee un Orden y se estructura en Cuerpos de igual Sello con y para fines Espirituales, Sacramentales, de Tomas de Decisión, y de Administración de la Obra de Consagración
  9. Varones y mujeres desde los 18 años pueden postular al Sacerdocio Cristico: transitando por el Camino de Consagración y demostrando su Lealtad de Fe en el Cristo Dios
  10. El Sacerdocio Cristico ha impulsado, desde el año 2012, el Movimiento de Fe Cristico: instancia de Congregación de Creyentes que buscan al Cristo Vivo y su Doctrina de Salvación
  11. El Movimiento de Fe Cristico reúne libremente a creyentes que hallarán puertas abiertas para dar comienzo al propio Camino Espiritual de Consagración, por opción y por libre decisión. Así como el Sacerdocio ofrece directamente ‘preparación y escuelas’ para postular a la Senda del Sacerdocio, en forma directa y siempre por libre opción.
  12. Rechazamos todo fanatismo y hemos establecido con claridad nuestra drástica oposición a cualquier sesgo o modo de secta y/o sectarismo. Así como hemos expuesto en los órganos de difusión que nos representan nuestra reserva sobre la calidad ‘bíblica’ que el cristianismo protestante ha definido para distinguir al cristiano ‘verdadero’ o ‘autentico’. Y sostenemos que Cristico-a es toda Persona de Fe que en base a los Evangelios establece su ‘Relación ESPIRITUAL y de COHERENCIA de FE con Cristo Vivo’, en obediencia a los preceptos y herencias de La Gracia y La Salvación, y asume al Cristo Dios como único Conductor a la Resurrección y la Vida.
  13. Los Cristicos-as tenemos en máxima altura Espiritual, y damos suma importancia, a la Relación Espiritual con el Espíritu Santo. Y asumimos que sin el Don y Poder del Santo Espíritu no es posible la Consagración Personal, y menos sería real y verdadero el Sacerdocio de Cristo. Es el Sello y Don del Espíritu Santo el factor celestial que entrega al Sacerdocio el Poder Espiritual que Cristo Gobierna y Mandata.

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