Hacemos la siguiente declaración para esclarecer un aspecto que para nosotros es parte fundamental de nuestro Camino de Consagración
- Concebimos el Diezmo como un Sacramento, es decir: un acto de sacralidad que se realiza en CONCIENCIA, en Libertad y por Opción de Fe.
- Este Sacramento no es aplicable a todo miembro de nuestra Entidad: pues las personas que no han adquirido los sellos del sacerdocio no están bajo deber de Diezmo, y sólo al recibir el sello inicial del sacerdocio quedan bajo los principales Sacramentos que componen la calidad de nuestro sacerdocio-incluyendo el Diezmo-
- La OFRENDA, en cambio, es un acto voluntario cuyas cifras de aporte las coloca cada miembro de la Entidad según sus capacidades y criterios, y no solamente se trata de dinero: sino de aportes para las casas de oración, materiales útiles para la difusión, labores comunitarias, etc.
- El Sacramento del Diezmo nunca se ha tratado de un pago, de una cuota, menos endosable a la obligatoriedad de toda la membrecía: solamente si la persona ya integrada al Camino de Consagración adquiere, gradualmente, conciencia del valor ESPIRITUAL de los Sacramentos, puede integrarse a las fases de aprendizaje del Sacerdocio. Y en particular el Diezmo lo entendemos en realidad como Dos Actos Sacramentales: a) el de Transformación (llamado eucaristía del pan y el vino), b) el Diezmo.
- Cada 28 días es deber del sacerdocio realizar ‘retiro de Diezmo’ (acto personal de algunas horas para discernir los contenidos de este Sacramento) en el cual se analizan, comprenden y asumen diversos temas de Consagración importantes; a) concepto y preceptos de ‘Mayordomía’; b) conceptos, preceptos y comprensión de ‘Nupcias’; c) conceptos, preceptos y aplicación de ‘Santa Administración’. Otros aspectos que se deben entender y hacer propios en el proceso del Diezmo: a) desapego; b) confianza en Cristo; c) Sabiduría.
- La entrega del 10% es un mandato de Dios para sus Consagrados en el sacerdocio; así lo entendemos desde las escrituras y así lo aplicamos en coherencia. Entendemos que el 10% del día (2 horas y 40 minutos) deben dedicarse exclusivamente a Dios (en una diversidad de actos personales o colectivos); que de la casa que habitamos un espacio equivalente al 10% debe dejarse para altar personal, sala de meditación y lugar de recogimiento; que de todo lo que recibimos de nuestra labor remunerada y de otras fuentes debemos entregar el 10% para la siembra y progreso de nuestra Causa de Consagración y Sabiduría.
- El Acto de Entrega dl 10% en todo caso debe hacerse ante Cristo, con Oración, con discernimiento sobre el valor de la entrega. No aceptamos ni Ofrendas, menos Diezmos, que no hayan sido debidamente entregados en Oración y en Conciencia ante Cristo. Incluso se han rechazado Ofrendas y Diezmos por no respetarse este paso fundamental. Y en los casos de falta de sustento: el Diezmo también comprende formulas de Fe que se realizan ante Cristo para regular y normalizar situaciones de carencia.
- Nuestro Sacerdocio realiza cada 21 días un Acto Sacramental por Cuerpos según el sello sacerdotal que se posea. Y Sacramental por medio se prolonga dicho acto para dejar espacio a un tratamiento colectivo sobre los temas del Diezmo.
- Los haberes de las OFRENDAS quedan en los territorios y zonas que lo reciben y son utilizados en las labores y necesidades especificas de cada zona y territorio. Los haberes resultantes del Diezmo están subdivididos en ‘Fondos’: a) fondo de solidaridad y ayuda para los miembros que lo necesiten (sobre todo en caso de problemas imprevistos de salud, como ya a acontecido en varias ocasiones); b) fondo de ediciones y difusión (editorial el Gran Fundamento); fondo Misionero (comprende ayuda misioneros en territorio, arriendo de casas y espacios para eventos, etc. Y el 30-40 % del total del Diezmo queda a libre disponibilidad del Obispado Mayor, el cual debe constantemente viajar por los territorios y al extranjero, y por su labor global poseen gastos particulares propios de su misión.
- Siendo una Entidad sin una cantidad enorme de personas, en nuestra modestia, no pocas veces nos hemos visto sobrepasado por la escasez de medios disponibles; en tales casos se solicitan Diezmos y Ofrendas de urgencia, o por años se debió acceder a prestamos bancarios a través de algunos miembros de la Entidad. En otros hemos sido bendecidos por lo que llamamos ‘Diezmos Gruesos’, y que son cantidades mayores que entrega algún sacerdote debido a herencias recibidas, pagos extraordinarios o ventas de propiedades, etc. Y eso nos ha liberado de deudas de arrastre y nos ha permitido mejorar nuestros planes de desarrollo. Nuestra realidad financiera nunca ha sido holgada, y gracias a Dios en este tiempo hemos logrado un cierto equilibrio, muy austero, en el sostén para nuestras actividades. Esa es nuestra realidad, y caminamos contentos y confiados por ésta.
- Nuestra postura doctrinaria sobre el Diezmo ya la expusimos en la pagina doctrinaria de nuestro Sacerdocio con fecha Agosto del año 2012, y hoy la hemos publicado nuevamente como continuación de esta declaración para mayor antecedentes y mejor información.
1 de marzo 2018
Sacerdocio bajo la Ley de Cristo