Consideramos importante republicar

Consideramos importante publicar hoy una declaración nuestra del 20 de agosto del año 2012. Su contenido posee plena vigencia, y creemos responda también hoy a situaciones que ameritan siempre respuestas de coherencia: y que mejor ésta, una declaración de hace más de 6 años que certifica nuestra seriedad para tratar los asuntos que nos conciernen. Demás esta agregar que no cambiamos posturas a cada instante, y lo nuestro ha sido congruente desde nuestros comienzos, hace ya 26 años.

Religión, Secta y Camino Espiritual

agosto 20, 2012

 

Declaración Oficial del Sacerdocio bajo la Ley de Cristo.

 

 Entidad Inscrita: ‘Carismas, obra sacerdotal para consagración del creyente’ con Personalidad Jurídica Rol 00068 según Ley de la república de Chile nº 19638. Ministros de Culto en ejercicio bajo ley nº 19947.

Introducción

Sabemos que no hay unanimidad en la apreciación de aquello que calificamos como una ‘Religión’ y la nominación de una ‘Secta’. También asumimos que en estos tópicos se manifiestan intereses particulares que no permiten una identificación precisa. Sin embargo, sí existen puntos concordantes, generales, que podemos resaltar para alcanzar un criterio común y aceptable para la mayoría. Sobre estos aspectos convergentes nosotros estableceremos, esperamos definitivamente, nuestra postura con respecto a esta cuestión, con la esperanza puesta en el buen criterio y en la misericordia de cada persona que entra en este tema; claro está, reiteramos aquí, y lo explicamos, que una vez explicitada nuestra posición no entraremos en polémicas ni debates inconducentes que tiendan a enredarnos nuevamente en ‘supuestos’ y en ‘pre-juicios’ nacidos del sectarismo, la discriminación y la tentativa de ‘demonizar’ todo aquello que escapa a lo ‘tradicional’ y a la ‘costumbre’  del común.

 

 

Fundamental es realzar un Principio de la Democracia bien establecido por la Carta Magna de la República de Chile, y punto aceptado también en la mayoría de las Constituciones de nuestra América, a saber: la garantía Constitucional que concede libertad de pensamiento, de culto, de religión y de creencia; y la salvedad del Derecho a no sufrir persecución o discriminación por causa de la religión o fe que se profesa. También nos rehacemos a la Ley Contra la Discriminación, efectiva en Chile, y que garantiza que ningún ciudadano puede ser discriminado por su raza, opción sexual, discapacidad…o religión. Entendemos, claro está, que estos Principios Democráticos son atinentes al deber de cumplir con la ley del país, y sobre todo al sometimiento irrestricto del Derecho vigente.

 

 

Coherentes con esta forma de Ser y de Hacer, nuestra organización procuró, ya desde el año 1999, colocarse entre los marcos jurídicos estipulados por la ley chilena. Nuestra presentación para obtener la Persona Jurídica ante el Ministerio de Justicia, en el año 2001 – finalmente sancionado con la publicación sumaria de nuestros Estatutos y Principios orgánicos en el Diario Oficial nº37.087 – fue ampliamente discutida, bien elaborada y debidamente confrontada con los requisitos legales sin  hallar un punto que nos pusiera en contradicción con las exigencias de la ley de la República; por lo mismo, postular a la Personalidad Jurídica nunca constituyó una violación a nuestros objetivos y a nuestra esencia, más bien fue lo contrario: acentuaba nuestros propósitos de rectitud, de transparencia y de pleno respeto por el Hombre y el País. En efecto, nuestra presentación al Ministerio de Justicia es la misma que hoy nos rige, y nunca hemos procedido de manera fraudulenta: presentando un cuerpo legal a los fines de obtener la Personalidad Jurídica para en nuestro interno regirnos por otros preceptos orgánicos contrarios a los declarados. Justamente el Cuerpo Legal presentado ante el Ministerio de Justicia es y sigue siendo nuestro Cuerpo Orgánico sustancial y primordial, amén de desarrollos lógicos y reglamentaciones particulares que nunca se han contrariado con el espíritu de aquello que se halla en los archivos del Ministerio respectivo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Puntos Convergentes

Hemos identificado ciertos aspectos que pueden fijar una base seria de acuerdo o discusión sana sobre este asunto:

La Secta

1) Se entiende por ‘Secta’ a una agrupación humana que tiende a aislarse del contexto social en virtud de una supuesta superioridad que les atañe, y que deja al resto de las personas, a todos prácticamente, cuan ‘infieles’, ‘extraviados’, ‘ignorantes’, ‘pecadores’, etc. 

2) Esta superioridad hipotética desciende, debe surgir, de un líder cuyo privilegio suele provenir de una unilateral declaración de reencarnación de alguna divinidad, o bien de ser receptor-a de ‘mensajes’ provenientes de fuerzas superiores…sin posibilidad alguna de que sus seguidores puedan acceder a instrumentos de discernimientos para también ellos y ellas verificar la autenticidad de sus mensajes. Sin embargo, a estas condicionantes debe agregarse un factor vital: el sometimiento de los seguidores a según de la voluntad del líder; la imposibilidad de los adictos para acceder a algún nivel similar o parecido al de sus dirigentes; la anulación de toda posibilidad de crecimiento personal, de conciencia, siendo el objetivo mayor del prosélito…servir y obedecer a su iluminado cabecilla. 

 

3) Para lograr estos fines, la ‘comunidad’ debe aislarse, renunciar a cualquier idea de familia propia…a no ser la que pudiera contar con el beneplácito de su líder; incluso los hijos pasan a ser propiedad de la Secta, sin que sus padres puedan ejercer paternidad legítima sobre su prole.

4) Una secta se caracteriza por una condenación permanente de todos quienes no comparten sus idearios y costumbres, e incluso es permitido por leyes internas a éstas atentar en contra de la vida de los hijos si éstos se ‘desviaran’ del ‘justo camino’. En general, la secta tiende a anular al Hombre y convertirlo en una sombra al servicio de intereses ególatras de otro o de otros. Lo central es aniquilar el ‘espíritu crítico’ y sobre todo niega cualquier ‘desarrollo espiritual e intelectual’ que se fomente en la persona la ‘propia conciencia’.

5) Desde el punto de vista Espiritual: toda secta bajo estas características es esencialmente maligna, demoníaca y enemiga de Dios. El Principio Creador de Dios es la libertad espiritual, es decir: que cada Persona adquiera Conciencia del propio Espíritu y logre así alcanzar la Sabiduría.

 

 

 La Religión

6) Una Religión es aquella Institucionalidad arraigada en el Orden Cultural de un país, o del mundo, o en parte del planeta. Obviamente ninguna Religión inicia como tal: todas las grandes Religiones han comenzado como sectas. La secta de los cristianos fue una versión rebelde e ilegal del judaísmo. La secta del Buda fue una forma de negación del sistema Brahmánico imperante. Los mismos Hare Krisna fueron por años categorizados como secta del Hinduismo y hoy son una respetada Religión Hinduista integrada en occidente. Y cuando decimos ‘secta’ no necesariamente estamos imputando los aspectos arriba mencionados, no necesariamente. Lo que hemos expuesto son los puntos que HOY son concordantes en la calificación de aquello que se entiende por ‘secta’.

 

7) Una Religión requiere, para ser tal ante la aceptación general, de una estructura jerarquizada de claras dimensiones y de pública manifestación: el papado, la curia, las parroquias, los laicos, etc. Y debe contar con una doctrina bien definida, conocida y posible de conocer.  Hay Religiones Tradicionales: cristianismo, budismo, hinduismo, musulmanes, taoístas, etc. Sobre estas Denominaciones se alzan muchas, varias y variadas formas de Culto: católicos, evangélicos; budistas nihayanas y mahayanas; hinduismo de adoración a deidades diferentes; musulmanes shitas, sunnies; taoístas tradicionales, neo-taoístas, etc. Por esta razón es que resulta complicado definir esquemáticamente a una Religión, y se considera ‘Religión’ a aquella estructura de creencias y de culto, culturalmente conocida y reconocida.

8) En las Religiones existen actitudes, mentalidad y prácticas sectarias, incluso existen leyes religiosas claramente de corte sectario: el sometimiento de la mujer, el castigo e incluso la muerte de la mujer en religiones que se reconocen entre los musulmanes y el hinduismo; así como el castigo a los hijos que rompen con la tradición religiosa. Esto mismo se comprueba en denominaciones cristianas puritanas u ortodoxas. En todas las Religiones tradicionales se han dado y se dan factores sectarios internos: líderes como Maciel que empequeñecen y extreman la doctrina católica para su propio beneficio; lideres evangélicos que alzan reinados de dinero y poder mediático altamente corruptos e incoherentes; maestros hindúes y chinos que se instalan en occidente para levantar su propio principado personal. La mayor característica de la enfermedad sectaria es el fanatismo. El fanatismo es una forma de enajenación psicológica y anulación de la capacidad crítica.

El Camino Espiritual

 

9) El Camino Espiritual parte de una premisa base: que el Hombre posee un Espíritu que es Dios viviendo en la persona. Por lo tanto, para que el Hombre alcance la Conciencia de su Espíritu, éste debe asumir un Camino Espiritual; y un Camino Espiritual puede hallar su inspiración y sus respuestas en las Doctrinas religiosas, en los Testimonios escritos, en el ejemplo de Santos y Sabios, o en las prácticas místicas del cristianismo, del sufismo, del budismo, del hinduismo, del taoísmo, etc.

10) El Camino Espiritual es un Derecho del Hombre. El principio de libertad se sustenta en el hecho que el Hombre no debe explicar a la sociedad su opción espiritual para que ésta sea válida. El Derecho Espiritual es la libertad de creencia y de fe que el Hombre pone en práctica libremente, sin afectar los derechos de otros, ni imponer su vivencia y experiencia a los demás.

11) El ejercicio del Derecho Espiritual, no necesariamente ligado a una estructura culturalmente reconocida, ni inmerso en el interno de una Religión tradicional o comúnmente aceptada, es lo que confunde-  y se confunde – esta experiencia mística- con la pertenencia a una ‘secta’ o ‘práctica de secta’. Comprobar que una o varias personas meditan en un lugar alejado, o se reúnen para Orar en una casa, u optan con vestirse de una forma determinada… sin lograr identificar la Religión que les tutela…entonces, livianamente, se les tilda y se les condena bajo la nunca clara calificación de `secta’. Esta discriminación es contraria a la libertad de culto y al derecho a no ser discriminados que la ley estipula.

12) Toda persona tiene el Derecho a asumir su Camino Espiritual sin deber explicar a cada rato y ante cualquier interrogador la razón y motivo de su creencia. Ninguna persona puede ser investigada, discriminada, condenada, perseguida y menos agredida (psicológica y físicamente) a causa de su forma de vestir, a su modo de ejercitar su fe o ante su declaración de fe puesta a la luz pública. Y está en su derecho no tener que explicar su Camino Espiritual cada vez que es interrogada, la persona, bajo sospecha infundada o por sectarismo de otros. Es, sería, una violación al Derecho si por sospecha de pertenecer a una ‘secta’ cualquier ciudadano fuese colocado bajo investigación: todo ciudadano puede estar bajo investigación si es sospechoso de delitos. Creer en Dios y adorarle de una forma que el resto no conoce-  y por lo mismo parece raro, extraño –  no es un delito. Si una persona mata a su hijo en el interno de una secta éste será apresado por su crimen, no por pertenecer a la secta. Y si en el delito hubo complicidad, omisión criminal o instigación de otros…esos otros serán juzgados y condenados por su crimen, no por su práctica religiosa. Y si la secta instiga al asesinato, al suicidio y al maltrato…entonces es una asociación para delinquir, no algo que tenga que ver con una sana religiosidad. El fanatismo no es exclusivo de quienes practican alguna manera de religiosidad: el fanatismo comunista llevó a adorar a Stalin mientras se masacraba a millones; el fanatismo nazista llevó a que masas de millones incondicionales aclamaran al mayor criminal de la historia; el fanatismo siempre está ligado a la violencia. El Camino Espiritual es una senda de Paz, absolutamente contraria y opuesta a cualquier forma de violencia.

Quienes Somos

13) Somos una Denominación ligada culturalmente al cristianismo, en cuanto reconocemos a JesúsCristo como a nuestro Dios, y aceptamos que esta práctica de Fe nos debe conducir al Padre Creador, y somos testigos fehacientes del Rol Santo de la Sabiduría del Espíritu Santo en este Camino Espiritual. Por lo mismo, al reconocernos en el Dios Trino nos colocamos en aquello que la cultura cristiana acepta como propio. (pero somos CRISTICOS, y nos distinguimos en mucho de la cristiandad institucional)

14) No somos la escisión de ninguna iglesia, ni pretendemos restaurar algún tipo de poder eclesiástico; no nos reconocemos en la idea y en la práctica eclesiástica; así como consideramos nocivo para el Hombre libre el concepto de ‘ovejas’ y ‘pastores’. Cualquier supremacía, control, dominio de un Hombre o de un grupo de ellos sobre una masa de personas que deben obedecer y nunca entender, es, según nuestros principios, contraria a la enseñanza del Salvador, JesúsCristo.

15) Somos Crísticos, como Denominación, y Consagrados por efecto de nuestro Bautismo. Aplicamos el principio del Apóstol Pablo, a saber: que con el Bautismo en Cristo todos somos Sacerdotes; y que el viejo sacerdocio cayó con la muerte de Jesús, y el Nuevo Sacerdocio se alzó con la Resurrección del Cristo Victorioso.

16) Coherente con esto: todo creyente que se Consagra es un Sacerdote, varón y mujer; y este Sacerdocio no calca la orgánica de alguna otra estructura religiosa: sino que es este Sacerdocio un Sello de Compromiso con Cristo para iniciar el Camino Espiritual que conduzca al Hombre hasta la Voluntad del Padre Creador. Es decir: el Camino Espiritual Crístico es el Sacerdocio que se construye en la Relación Personal con Cristo.

17) El rol fundamental en este Camino Espiritual, para adquirir Sapiencia y Conciencia, lo cumple la Madre Espíritu Santo: la Santa Sabiduría. El Espíritu Santo es la madre de la Santidad.

18) Este Camino Espiritual obviamente contempla una necesaria disciplina, una religiosidad personal consistente en Oración, Meditación, Retiros y Actos Sacramentales. Estas prácticas de fe no son ‘secretas’, sino Íntimas, personales… y exigen silencio, recogimiento y lugares idóneos para su mayor desarrollo. No tenemos en nuestra doctrina, ni en nuestras formas internas, alguna regla obligatoria que presione a la persona para que deje su trabajo, su profesión o su modo de sustento: por el contrario. Aplicamos el Principio Crístico de ‘estar en el mundo, y no ser del Mundo’. Entendemos que es un deber del Consagrado no aislarse del mundo, sino ‘estar’…  y en este ‘estar’ ser ejemplo de rectitud, de honorabilidad, de honestidad y de verdad.

Concebimos ‘ser del mundo’: como aquellas actitudes y costumbres mundanas que omiten y tergiversan la verdad de los hechos para propio beneficio… y la ley del mundo que dicta que el poderoso debe someter al débil. La violencia, el arribismo, la prevaricación son actos que cotidianamente pueden ejercerse incluso si se posee una creencia religiosa, o declarando tal nocivo acto bajo el nombre de Dios o de la justicia. Ese modo de ‘ser del mundo’ es lo que un Consagrado rechaza, no por lucha o imposición, sino que lo repele con honestidad personal y con amor a la verdad y a la justicia… aún si en tal acto pierda apoyo social o gana enemistades.

19) Atesoramos la familia como una riqueza mayor concedida para prueba de sabiduría. Asumimos a los hijos como una Gracia de Dios para nuestra propia elevación espiritual.

Apreciamos nuestros talentos, capacidades y dones como la norma de vida que Dios nos entrega para así desarrollar nuestra misión en esta existencia.

Por todo esto es que consideramos que el Sagrado Matrimonio entre varón y mujer debe ser parte del Sacerdocio, en donde ambos conyugues se unen para unidad espiritual, y no exclusivamente para y por aspectos carnales y del mundo. Así, respetamos a quienes en su Camino Espiritual optan por el celibato y la abstinencia sexual, pero no tenemos como prioridad esta condición en el Sacerdocio que ejercemos y vivimos: el Matrimonio es y sigue siendo la clave de santidad para el varón y la mujer. La salvedad de Celibato y Abstención rige sí para quienes habiendo nacido homosexuales optan por tomar este Camino Espiritual Crístico.

Resumen de lo que Somos

 

20) No somos una iglesia, en cuanto no consideramos que ‘lo institucional’ sea el elemento salvador del Hombre, sino su Propia Espiritualidad y su Relación con Dios.

21) No nos declaramos ‘cristianos’ en cuánto no nos reconocemos en la historia del cristianismo, de la cual somos críticos; ni concebimos que la doctrina de la cruz y de la muerte de Jesús sea el factor concluyente en la Salvación del Hombre; sino que proclamamos los Hechos de los Tres Días como los determinantes: en los cuales el Cristo Dios provoca el Cambio en la Ley de Vida con la derrota del Poder Infernal sobre el Hombre y en este Tierra. Creemos fehacientemente en la Ley de Resurrección y en la Inmortalidad concedida por la Gracia del Padre Dios mediante Cristo, el Verbo. No creemos que el Hombre nazca pecador, sino que se hace tal en su relación con lo mundano, pero que a través de la Fe en la Gracia de Cristo Salvador todo Ser puede superar al pecado porque si está Consagrado a Cristo no puede prevalecer la mácula que nos aleja de Dios. Creemos y esperamos la Venida Manifiesta y Concreta de Cristo, no cuan varón o en calidad humana, sino en su Poder y Magnanimidad Divina; y sí vivimos este Tiempo de Tribulación actual como una etapa crucial en aras del Milenio de Paz prometido por el Cristo Justo. 

 

22) Somos Sacerdotes, varones y mujeres por igual, y todos recibimos Sellos, Enseñanzas y elementos que nos refuerzan como Seres Espirituales; nadie es ‘oveja’ destinada a obedecer sin conciencia: todos somos Sacerdotes que podemos mostrar a los creyentes el mismo itinerario que hemos recorrido. No tenemos líderes inalcanzables, sino Guías que nos enseñan, y cada uno de nosotros es a su vez Guía de quienes tiene bajo su orientación. Todos en este Camino Espiritual podemos y debemos lograr la Relación directa y personal con el Cristo Dios.

23) Somos una Entidad abierta, con una disciplina y un culto interno obvio, como toda orgánica humana que posee una fe, y no somos, nunca hemos sido, y nunca seremos una secta. No queremos convertirnos en una Religión: en un Camino de religiosidad personal sí… pero no en una Religión que al final elimina y merma la espiritualidad del Hombre y apuesta a la presencia cuantitativa entre los poderes mundanos. Somos y queremos mantenernos como un Camino Espiritual Crístico.

 

Nuestros Miembros en la sociedad

24) Varones y mujeres mayores de 18 años pueden Bautizarse e iniciar su Camino Espiritual Crístico en ejercicio gradual de su Sacerdocio.

25) Todo Sacerdote debe proceder con rectitud, verdad, honestidad y espíritu crítico en la sociedad. No debe omitir. No debe aislarse. No debe temer a enfrentar los hechos aún si en la aplicación de justicia pueda perder cosas y relaciones valiosas. Es un deber de fe nunca hacerse partícipe de males, delitos y prevaricaciones.  Todo sacerdote debe llevar sus talentos, capacidades y dones a la máxima creatividad, siempre en aras de causas nobles, justas y honestas. Errores y negligencias humanas cometidas deben ser reconocidas sin orgullo ni vanidad, y es nuestro deber pedir perdón a quienes ofendimos o causamos algún daño.

26) Si por actuar coherentes a estos preceptos de fe y en congruencia con el sacerdocio que se posee, se viera, un miembro, afectado, perseguido, enjuiciado o acusado bajo falsos testimonios o en base a pre-juicios discriminatorios debido a la pertenencia a este Camino Espiritual – y bajo esta Denominación y Entidad-  es nuestro deber defender a quién tan injustamente es blanco de estos ataques, y sostendremos la defensa de sus Derechos ante la ley del país, y sobre todo ante Dios. Pero jamás dejaremos de lado nuestra Paz y el deber de perdonar; aún en la crítica severa o en la respuesta clara, nunca caeremos en los litigios, en luchas de egos o de falsos poderes. Pero sí ejerceremos, en todo caso, nuestro Derecho a defendernos ante la ley y los Tribunales en caso de acusaciones infundadas que pretendan enmarcarnos en situaciones y esquemas que no son los nuestros, ni de los que no hacemos parte.

27) Nuestros miembros son responsables de sus propios actos: no justificamos errores y faltas de nuestros miembros por el solo hecho de pertenecer a este Camino. Y si alguien de nosotros cometiera faltas y no enmendara, e insistiera en su error, contraviniendo los Principios de Rectitud, de Arrepentimiento y de Perdón que nos sostienen, será (sería) expulsado de esta Entidad, de acuerdo con los estatutos públicos que sostienen nuestra Personalidad Jurídica.

 

Por qué de esta Declaración Pública

  1. A) Por la necesidad de esclarecer puntos que nos han sido colocado regularmente durante estos más de veinte años de actividad espiritual. B) Ante la urgencia de tener a la mano de cada miembro de este Camino Crístico los elementos que sirvan a responder a los ataques comunes que recibimos bajo el calificativo peyorativo de ‘secta’. C) Para que todo creyente que sabe de nosotros y quiere conocernos, esté enterado de nuestra postura también en este terreno. D) Debido a la experiencia de los sacerdotes que han salido públicamente a ejercer su sacerdocio, los que, siendo personas normales, de trabajo, de familia, han sido discriminados y sobre ellos se ha tejido un manto de sospecha y de especulaciones pueriles, pero de cierta gravedad; E) sobre todo han tenido mayores problemas las mujeres sacerdotes: hay una actitud prepotente, despectiva, casi violenta hacia una Consagrada que declara o muestra su Sacerdocio. Existe desprecio y nuevamente sospecha – sobre todo en los varones, y más aún si son profesionales mundanos –ante una mujer profesional que sea ‘además’ sacerdote… les resulta doblemente frustrante, y en no pocas ocasiones han depositado su ira en contra de estas hermanas.

 Conclusión

Hacemos esta declaración porque sabemos que en la medida que crecemos, y este Sacerdocio ofrece a más creyentes este Camino Espiritual, para que también ellos y ellas se conviertan en Sacerdotes, más llamamos la atención entre quienes se molestan por la acción de coherencia de nuestros miembros, ya sea por no tolerar fraudes en sus trabajos, sea por no omitir informes ante casos de ruptura de la ley y la decencia, o porque ya no se prestan para juegos internos que atentan en contra de la misma fuente laboral o del honor de las personas. Sabemos que cuando un profesional, un trabajador, una persona en vida social no acepta componendas, silencios cómplices o participación en la burda normalidad de la mentira… se torna en ‘extraño’, ‘raro’… y hallarán, en nuestro caso, en su pertenencia a esta Denominación o Entidad la razón para justificar esa ‘anómala’ actitud que les daña en su intención oscura y siempre oportunista.

Creemos firmemente que los Tiempos están en pleno campo de Cambios y Transformaciones: los Hombres malos son ahora declaradamente malévolos…y los creyentes de corazón, sinceros y francos, tienen la necesidad de ser más coherentes y verdaderos…como nunca antes.

Este Camino Espiritual Crístico es para que los Hombres de Buena Voluntad encuentren el Camino de su Coherencia con Dios. No es una obligación, es una Opción. Conocer este Camino y no tomarlo no es maldad o pecado: sino parte de la Opción que garantiza el Principio de Libertad. Entenderlo, escucharlo, no impele ‘recorrerlo’…la libertad es un principio lleno de opciones. Por eso nadie puede juzgar, sino Dios. La libertad del Hombre es sagrada, y el Camino Espiritual no se opone a Religión alguna, ni enjuicia formas de sectas con las cuales no concordamos: exponemos, difundimos y orientamos a personas creyentes para que opten en plena libertad por un Camino que deberán experimentar, y del cual pueden retirarse cuando lo decidan.

21 -22 de Agosto 2012

Sacerdocio bajo la Ley de Cristo

 

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